SCJN permite a menores rectificar acta de nacimiento por identidad de género en Guerrero
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los artículos que exigían ser mayor de edad para acceder al trámite de rectificación del acta de nacimiento por identidad de género en el Estado de Guerrero.
El Pleno determinó que la restricción vulnera los derechos a la igualdad, no discriminación, identidad personal y libre desarrollo de la personalidad, reconocidos en la Constitución mexicana y en tratados internacionales, incluyendo la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Corte señaló que la identidad de género es un componente esencial de la identidad personal y que el Estado debe garantizar mecanismos administrativos ágiles, confidenciales y accesibles, incluyendo a niñas, niños y adolescentes. La prohibición absoluta por edad no respeta la autonomía progresiva ni el interés superior de la infancia, existiendo alternativas que permiten evaluar madurez y acompañamiento sin negar el derecho.
En consecuencia, menores de 18 años trans e intersex no podrán ser excluidos del procedimiento de rectificación registral por identidad de género. Además, la SCJN vinculó al Congreso de Guerrero a emitir, en un plazo de 12 meses, una regulación que permita el acceso de personas menores de edad con acompañamiento de sus representantes, conforme a los criterios de la Corte y los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.